NORMATIVA AGUAS RESIDUALES < 50 EH
LEGISLACIÓN APLICABLE

Directiva Europea 91/271/CEE. 

RD 509/1996. Normas aplicables al tratamiento de las aguas residuales urbanas.

¿QUÉ NORMATIVAS APLICAN?

La normativa específica a las fosas decantación-digestión prefabricadas y equipos auxiliares utilizados en la depuración del agua residual doméstica para poblaciones de hasta 50 habitantes equivalentes es la UNE EN 12566. La norma se divide en siete partes: 

Parte 1: Fosas decantación-digestión prefabricadas Define los requisitos y métodos de ensayo aplicables a la fabricación de las fosas decantación-digestión prefabricadas. No especifica ningún requisito en materia de depuración o de estructura. Según la norma, el tamaño mínimo de una fosa debe de ser de 2000l, a partir de ahí la gama debe tener una diferencia de capacidad de al menos 1000 l entre tamaños consecutivos. La norma específica diámetros de entrada y salida en función de su volumen, ventilación, bases de diseño en función de su carga de aguas residuales, comportamiento estructural y cómo ensayarlo, acceso, durabilidad, marcado , control de calidad e instrucciones de instalación, funcionamiento y mantenimiento. 

Parte 2: Sistemas de infiltración en el suelo. Es un código de buenas prácticas para la construcción in situ de sistemas de infiltración en el suelo. No específica ningún requisito en materia de depuración. 

Parte 3: Plantas de depuración de aguas residuales domésticas para su montaje por el usuario o montaje in-situ En esta norma se definen los requisitos y métodos de ensayo utilizados para evaluar las plantas de depuración del agua a montar por el usuario necesarias para tratar las aguas residuales de modo que se alcance una calidad predeterminada. 

Parte 4: Fosas decantación-digestión construidas in-situ a partir de elementos prefabricados. Normas de puesta en marcha

Parte 5: Sistemas de filtración, incluyendo los filtros de arena

Parte 6: Unidades de tratamiento prefabricadas para efluentes de fosas decantación-digestión. El estándar 12566-6 permite el uso de una unidad de tratamiento detrás de un pozo de agua siempre que cumpla con una cierta cantidad de criterios de calidad. Bionut ha sido aprobado de acuerdo con este capítulo de la norma.

Parte 7: Unidades de tratamiento terciario prefabricada